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Validación de descanso médico particular
Ver el detalle completo del trámite
Si un médico particular te dio descanso, ese descanso no vale automáticamente para tu seguro. Hay que presentarlo en el hospital para que lo validen. Es el trámite que más se observa, casi siempre por un papel que falta o por un certificado con enmendaduras.
Doña Rosa guía el asistente de voz: si prefieres que te lo lean en vez de leerlo, ella te acompaña pregunta por pregunta.
- Dónde se presenta Prestaciones Económicas / Calificaciones
- Plazo para presentarlo 30 días hábiles desde la fecha del certificado
El certificado médico tiene que ser el original en papel, sin borrones ni enmendaduras. No sirve una copia, ni una foto, ni un documento corregido a mano. Si el tuyo tiene una corrección, vuelve donde el médico y pide uno nuevo antes de venir.
¿Usar un certificado médico falso es delito?
SÍ
Quien usa un certificado falso arriesga la misma pena de cárcel que quien lo emite.
No hace falta haberlo fabricado: basta con presentarlo. En el trabajo además es falta grave y puede terminar en despido, y cuando en EsSalud sospechan que un documento es falso le avisan por escrito a tu empleador.
Si el tuyo es legítimo pero tiene un borrón o le falta un dato, no es lo mismo: eso se corrige. Qué mirar antes de presentarlo
Artículo 431 del Código Penal. Expedir o usar maliciosamente un certificado médico falso está penado con cárcel. La falta grave laboral está en el artículo 25 del D.S. 003-97-TR.
¿Prefieres que te lo pregunten paso a paso?
Esta página tiene la lista completa, pero la tuya casi seguro es más corta: depende de la causa del descanso y de cuántos días son. El asistente te hace una pregunta a la vez, en voz alta, y al final te arma la lista de tu caso.
Toca cada sección para abrirla. Se muestra de a una.
Documentos que siempre te van a pedir
Esta es la base, para cualquier causa de descanso:
- Certificado médico particular original, sin borrones ni enmendaduras
- Certificado con todos los datos completos Nombre del paciente, diagnóstico, cantidad de días, fecha, firma, sello y número de CMP del médico. Si falta cualquiera de esos datos, el expediente sale observado.
- Comprobante de pago de la consulta Recibo por honorarios, boleta de la consulta o preliquidación de la clínica.
- Receta médica con las indicaciones del tratamiento Con los medicamentos, la dosis y la firma del médico.
- Boleta o factura de los medicamentos que compraste El comprobante de la farmacia o botica, de los medicamentos que están en la receta.
- Exámenes médicos auxiliares relacionados al diagnóstico Análisis de sangre, radiografías, ecografías u otros que el médico haya indicado.
- DNI original y una fotocopia
Cómo revisar tu certificado
La mayoría de las observaciones no son por el diagnóstico, sino por el papel. Vale la pena mirar esto antes de irte del consultorio, cuando todavía se puede corregir.
En el certificado
- Tus nombres y apellidos y tu número de documento, bien escritos.
- La fecha de la atención y los días de descanso.
- El diagnóstico.
- La firma y el sello del médico, con su número de CMP.
- Sin borrones ni enmendaduras. Si algo está corregido a mano, pide otro certificado ahí mismo. Así como está, te lo van a observar.
Lo que hay que guardar además
- El recibo por honorarios o la boleta de lo que pagaste por la atención.
- La receta o las indicaciones médicas que te dieron ese mismo día.
Son los dos papeles que más se olvidan, y sin ellos el expediente queda incompleto.
Si dudas del lugar donde te atendieron
Puedes comprobar que el médico esté habilitado buscando el número de CMP que figura en el sello, en Conoce a tu Médico, el registro público del Colegio Médico del Perú. Hay que crear una cuenta para consultar.
Fíjate en dos datos distintos: Estado se refiere a su colegiatura y Habilidad dice si puede ejercer hoy. Un médico puede aparecer colegiado y aun así figurar como inhábil.
El artículo 431 del Código Penal castiga con la misma pena de cárcel a quien usa un certificado médico falso que a quien lo emite. Presentarlo al empleador es además falta grave, causal de despido según el artículo 25 del D.S. 003-97-TR.
Y cuando en EsSalud detectan irregularidades o presumen que un documento es falso, no se limitan a rechazar el trámite: devuelven la documentación y le comunican el hallazgo por escrito a tu empleador.
Una forma de evitar todo este trámite
Si te atiendes en una clínica con convenio de CITT Digital Cero Trámite, el certificado de incapacidad se emite ahí mismo y no hay que hacer el canje: lo ves directamente en la app de EsSalud. Conviene preguntar si la clínica tiene ese convenio antes de la consulta.
Qué se agrega según cuántos días son
Los primeros 20 días de incapacidad acumulados en el año los cubre tu empleador. Recién desde el día 21 entra el subsidio de tu seguro. Por eso la cantidad de días cambia lo que te piden.
De 1 a 9 días
Nada adicional. Con la lista de arriba es suficiente. El descanso lo cubre tu empleador.
De 10 a 20 días
- Carta de tu empresa indicando los días de descanso que cubrió La emite tu empleador. Debe decir qué días de incapacidad ya te pagó.
Más de 20 días
- Carta de tu empresa indicando los días de descanso que cubrió
- Tu última boleta de pago del trabajo La boleta de remuneraciones más reciente.
Desde el día 21 acumulado en el año, el subsidio lo asume tu seguro. Por eso hacen falta la carta y la boleta de tu empleador.
Si fue por un accidente de tránsito
Cambia la lista: no se piden la carta de la empresa ni la boleta de pago, pero sí dos documentos del accidente.
- Certificado médico particular original, con todos los datos completos
- Copia de la denuncia policial del accidente Presentada en la comisaría del lugar donde ocurrió el accidente.
- Copia del SOAT del vehículo involucrado El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito del vehículo que ocasionó el accidente.
- Receta médica con las indicaciones del tratamiento
- Boleta o factura de compra de los medicamentos
- Exámenes auxiliares relacionados al accidente
- DNI original y una fotocopia
Si fue por un accidente de trabajo
Acá el documento decisivo no lo tramitas tú: lo registra tu empleador. Conviene confirmar con la empresa que ya lo hizo antes de venir al hospital.
- Certificado médico particular original, con todos los datos completos
- Aviso de Accidente de Trabajo debidamente registrado Tu empleador debe haberlo registrado ante EsSalud. Incluye los datos del trabajador, de la empresa, del accidente, y la certificación médica de la primera atención.
- Receta médica con las indicaciones del tratamiento
- Boleta o factura de compra de los medicamentos
- Exámenes auxiliares relacionados al accidente
- DNI original y una fotocopia
El plazo: 30 días hábiles
Cuentas desde la fecha que figura en el certificado médico. Hábiles quiere decir que los sábados, domingos y feriados no se cuentan.
Existen excepciones, por ejemplo si estuviste hospitalizado o si vives lejos del establecimiento. Acércate y explica tu situación al personal antes de dar el trámite por perdido.
Preguntas frecuentes
¿Sirve una copia del certificado si guardo el original?
No. Se presenta el original en papel. Si necesitas quedarte con una constancia, saca tu propia copia antes de entregarlo.
El certificado tiene una corrección hecha con lapicero, ¿pasa?
No conviene arriesgarse: los certificados con borrones o enmendaduras se observan. Pide al médico que te emita uno limpio.
¿Y si no compré los medicamentos de la receta?
Preséntate igual con lo que sí tienes. La boleta de medicamentos es parte del sustento del tratamiento, y su ausencia puede generar una observación, pero el personal de la ventanilla te dirá cómo proceder en tu caso.
¿Puede hacer el trámite otra persona por mí?
Consulta en ventanilla antes de mandar a alguien: los requisitos de representación varían según el trámite y la contingencia.
¿Cuánto demora la respuesta?
La validación no es inmediata: el expediente pasa a calificación. El plazo te lo confirman al presentarlo, y depende de si el expediente entra completo o sale observado. Por eso importa tanto llevar todo de una vez.
Escrito y revisado por Lester Rodríguez, trabajador del sector sanitario. Última revisión: .
Elaborado a partir de la Directiva N° 015-GG-ESSALUD-2014 y el D.S. 020-2021-TR, y del procedimiento vigente en ventanilla. Es información orientativa: la evaluación de tu expediente la hace el personal del hospital. Cómo se hacen estas guías · Avisar de un dato desactualizado